miércoles, 3 de septiembre de 2014

Criterio Interpretativo


Ahora, los politicastros, de la mano de los jueces de naranja y de limón, se han sacado de la manga un nuevo término:"Criterio Interpretativo".
Este criterio les va a servir para seguir haciendo lo que les salga a todas sus señorías de la vulva en unos casos o del prepucio en otros. O sea, dependerá de sus humores más íntimos.
Ni siquiera son originales (quicir, no hacen ni el moco, lo encargan a un Homer cualquiera) ya que este término es de uso a nivel de valores bursátiles.
Pero el problema viene para el común de los contribuyentes cuando ese criterio, si lo aplica un director territorial de la TGSS (pongamos por ejemplo el de Carabanchel -que Dios lo acoja en su seno-), u otro (pongamos por ejemplo el de Delicias -que Dios le dé la posibilidad de instruir a sus semejantes-) genera el que un autónomo pueda darse de baja o no con lo que ello implica de deuda a la inSeguridad noSocial.
Todo depende de la interpretación que se haga de una ley, abstracta ella, oye. ¿Tanto cuesta hacer leyes entendibles para cualquier homo? A lo mejor si trabajaran o trabajasen...
España DEP. ¡Ains!